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From the President of the Staff Association

(202) 458-6230- Fax (202) 458-3466

3 de enero de 2012

SN- 32/11-12 Original : Español

 

Carta enviada a la Directora del Departamento de Recursos Humanos en relación a la conversión de puestos de confianza en contratos de corto plazo y publicación de concursos para puesto de confianza

 

   SA 80/11-12

Washington D.C. 22 de diciembre de 2011

 

Estimada Sra. Gaxiola:

 

El Comité del Personal 2011-2012 se dirige a Ud. a fin de manifestar su profunda preocupación por el trato que se le está dando a los siguientes temas:

 

Conversión de puestos de confianza en contratos de corto plazo

 

La propuesta de conversión a contratos de corto plazo de puestos de confianza de funcionarios que no pertenecen al servicio de carrera ni tienen contratos continuos, presentada ante la CAAP en el documento CP/CAAP-3096/11 add. 4, vulnera el espíritu del artículo 17(c) de las Normas Generales, el cual establece que el personal de confianza es designado discrecionalmente por el Secretario General para ocupar cargos mientras éste ejerza su mandato y los designados gocen de su confianza. Además se traduce en erogaciones y situaciones adversas:

 

•  Afecta negativamente a los funcionarios de planta de la Organización ya que privilegia la continuidad laboral de aquellos que ingresaron con nombramientos de confianza. Cabe resaltar que, considerando que mientras los puestos de confianza se han mantenido relativamente estables en los últimos cinco años, han sido otros los puestos sujetos a recortes sistemáticos.

•  Incorpora al Fondo Regular posiciones que exceden el límite (8%) establecido por las normas, perdiendo la oportunidad de ahorrar aproximadamente 3,6 millones de dólares.

•  Genera costos adicionales, dada la necesidad de auditar los cargos, ya que éstos no fueron clasificados y su conversión requeriría auditorías en cumplimiento con los estándares de Naciones Unidas, lo cual podría requerir el involucramiento del Departamento de Recursos Humanos, y potencialmente atrasar la regularización de los contratos de funcionarios que aún esperan concursar por sus puestos.

 

Al convertir estos puestos de confianza a puestos de corto plazo se produciría además una mayor presión por descontinuar contratos ya otorgados, profundizando el trato discriminatorio y privilegiando a quienes ocupan puestos de confianza por sobre el resto de los funcionarios.

 

Dado que esta propuesta no contempla ninguna medida de austeridad, el Comité del Personal no puede acompañar la propuesta de la Secretaría para la incorporación de nuevos funcionarios a través de conversión de puestos de confianza en contratos de corto plazo.

 

Publicación de concursos de puestos de confianza que no están considerados en el cronograma de concursos pendientes de regularización.

 

El Comité del Personal entiende que la posición D-2 de Secretario Ejecutivo de la Comisión de Derechos Humanos responde a los procedimientos establecidos en el artículo 21 de su Estatuto y del artículo 11 (3) de su Reglamento, que suponen una activa participación de la Comisión. Sin embargo, no ocurre lo mismo con la posición D-1 de Inspector(a) General en la cual el Departamento de Recursos Humanos deberá involucrarse de manera activa en el análisis y selección de los candidatos. Si bien el Comité está convencido que es en el mejor interés de la Organización seleccionar a un(a) Auditor(a) según lo dispuesto en el artículo 118 de las Normas Generales, este proceso requiere de una alta participación del Departamento de Recursos Humanos. El Comité avala de manera excepcional y por única vez la publicación de la convocatoria, siempre que esta se realice garantizando el cumplimiento con el cronograma establecido para la regularización de los concursos pendientes.

 

En reiteradas ocasiones se ha expuesto ante este Comité, así como ante los órganos políticos, que el atraso en la realización de concursos que regularicen la situación contractual de funcionarios responde a limitaciones tanto presupuestarias como de personal. Por ello y en vista a las implicaciones económicas que la realización del mencionado concurso podría generar en la agenda del Departamento de Recursos Humanos, y ante la posibilidad de que este cambio en el cronograma de concursos pueda afectar de manera negativa a los funcionarios cuyos concursos están pendientes de realización, le solicitamos que a futuro el llamado a convocatoria para puestos no programados no se convierta en una práctica generalizada y que distorsione las oportunidades de carrera de los funcionarios.

 

El Comité del Personal reconoce los esfuerzos realizados por la Secretaría de Administración y Finanzas y el Departamento de Recursos Humanos por iniciar la regularización de los puestos pendientes de concurso. No obstante considera oportuno señalar los asuntos aquí expuestos a fin de promover una mayor equidad y transparencia que garanticen el respeto de los derechos de los funcionarios y el buen funcionamiento de la institución.

 

Atentamente,

 

Carla M. Sorani  Hluchan

Presidenta

Asociación del Personal de la OEA

Adjunto I

 

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