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Del Comité del Personal 2015-2016 |
(202)
370-4645 |
8 de febrero de
2016 |
FYI
# 4 /15-16 Original: Español |
¿Sabías que
existen normativas que regulan la conducta ética que deben seguir los
funcionarios de la Secretaría General? Los funcionarios de la Secretaría General estamos obligados, como parte
de nuestros contratos, a respetar y actuar de manera ética en el ejercicio de
nuestras funciones. La Orden Ejecutiva
12-03 establece el Código de ética, en el cual se definen los principios
éticos que deben guiar el comportamiento del personal en la Secretaría
General. Estas disposiciones, a su vez, se sustentan en instrumentos
aprobados por los Estados Miembros en la Carta de la OEA y en las Normas
Generales. La Carta de la OEA en sus artículos 118 y 119 establece que el personal,
en su calidad de funcionarios internacionales, no solicitará ni recibirá
instrucciones de ningún Gobierno ni de ninguna autoridad ajena a la
Organización y se abstendrán de actuar en forma alguna que sea incompatible
con su condición de funcionarios internacionales. Por su parte los
Estados miembros se comprometen a respetar la naturaleza exclusivamente
internacional de las responsabilidades del personal de la Secretaría General
y a no tratar de influir sobre ellos en el desempeño de sus funciones. De igual forma las Normas Generales
para el Funcionamiento de la Secretaría General en su artículo 27, 28 y 29 señalan que los
funcionarios además se comprometerán a realizar sus funciones y a regular su
conducta de conformidad con la naturaleza, los propósitos e intereses de la
Organización. Para
mayor información consultar: Carta de la OEA |
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