EL COMITÉ DE PERSONAL
REITERA SU COMPROMISO DE VELAR PARA QUE TODO ESFUERZO QUE SE EMPRENDA
EN LOGRAR LA MODERNIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN INSTITUCIONAL NO PONGA EN
RIESGO LOS DERECHOS Y GARANTÍAS FUNDAMENTALES DEL PERSONAL DE LA
ORGANIZACIÓN
El pasado
23 de julio, la Administración informó al Comité de Personal sobre el
proceso en curso de revisión de normas, modernización, transformación y
transparencia administrativa, cuyo primer paso consiste, según se
indicó, en la modificación de las Normas Generales para el
Funcionamiento de la Secretaría
General, específicamente en lo relativo a los siguientes puntos
concernientes al personal:
1.- La
contratación de funcionarios y contratistas independientes;
2.- La
clasificación de los cargos;
3.- El
sistema de audiencia y reconsideración; y
4.- La
evaluación de desempeño.
En los
días que siguieron se llevaron a cabo sesiones informativas con
miembros del Comité de Personal sobre la propuesta de reforma, en las
cuales, funcionarios del Departamento de Recursos Humanos hicieron
presentaciones muy generales sobre algunos aspectos de las
modificaciones propuestas.
Sin
embargo, sólo hasta el pasado viernes 21 de agosto, en una reunión
convocada por el Secretario de Administración y Finanzas, nos fue
entregado el documento en borrador, con la propuesta de modificaciones
a las Normas Generales.
Según se
informó, la propuesta amplia de reforma de las Normas Generales se
estaría presentando para aprobación de la Asamblea General
Extraordinaria prevista para el próximo 30 de septiembre. La revisión
del Reglamento de Personal, por otra parte, incorporando las propuestas
concretas correspondientes a los puntos mencionados, se realizaría
posteriormente en caso de ser aprobadas las modificaciones a las Normas
Generales.
A partir
de lo anterior, y en concordancia con el literal b del artículo 2 del
Estatuto de la Asociación de personal, que establece como propósito de
esta última “Proteger los derechos de todos los miembros del
personal de la Secretaria General, especialmente en lo que se refiere a
sus condiciones de empleo…”, este Comité ha otorgado la mayor
prioridad al análisis y estudio de los insumos entregados por la
Administración, y en consecuencia considera:
Que hasta
la fecha no se cuenta con un análisis riguroso y comprensivo, ni con
documentación que precise los alcances y efectos
jurídico-administrativos que dichas reformas tendrían sobre los
derechos y garantías reconocidos al personal de la Organización en los
instrumentos vigentes que la rigen;
Que el
plazo concedido al Comité para la revisión y consulta de la propuesta
de reforma de las Normas Generales no corresponde a la magnitud de las
modificaciones propuestas, las cuales abarcan cuatro aspectos
fundamentales del actual régimen de personal;
Que, en
esas condiciones, es imposible para el Comité realizar un análisis
serio y responsable acerca de las repercusiones que dichas
modificaciones pudieran implicar para el personal de la Organización.
Por todo
lo anterior, el Comité considera que es improcedente presentar una
propuesta de reforma de las Normas Generales a la Asamblea General
Extraordinaria programada para el próximo 30 de septiembre.
No
obstante, el Comité de Personal destaca el esfuerzo que está realizando
la Secretaría General a fin de atender las recomendaciones, solicitudes
y observaciones en materia de modernización, transformación y
transparencia administrativa previstas en las Resoluciones
Presupuestarias de la Asamblea General y en las recomendaciones de la
Inspectora General y de la Junta de Auditores Externos. Los
planteamientos de la Secretaría General sin duda se acogen a una clara
visión sobre la Misión que debe cumplir la Organización.
El Comité
reconoce la oportunidad que se le brinda para participar en estos
esfuerzos, así como para aportar sus comentarios y apreciaciones, los
cuales están motivados en la aspiración compartida por todo el equipo
humano de la OEA, de avanzar hacia la modernización de la Organización.
Teniendo en cuenta, no obstante, su compromiso primero de velar por que
todo esfuerzo que se emprenda en ese sentido, no ponga en riesgo los
derechos y garantías fundamentales del personal.
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