La Asociaci�n del Personal es el cuerpo
que representa los intereses de todos los funcionarios de la OEA. Apoya,
promueve y defiende la compensaci�n (salarios) y beneficios, desarrollo
profesional, condiciones laborales y en general el bienestar de los
funcionarios y de sus familias. Asociaci�n del Personal y
Comit� del Personal
(a) De acuerdo con lo estipulado en el art�culo
53 de las Normas Generales, y a fin de mantener contacto constante entre
el personal y el Secretario General, habr� una Asociaci�n del Personal
integrada por los funcionarios de la Secretar�a General. El �rgano
ejecutivo de la Asociaci�n ser� el Comit� del Personal, el cual podr�
hacer propuestas y discutirlas con el Secretario General o con el
representante que �ste designe sobre todos los asuntos que sean de
inter�s com�n a los funcionarios o que afecten su bienestar presente o
futuro, inclusive sus condiciones de trabajo.
(b) En la composici�n del Comit� del Personal
deber�n tener representaci�n equitativa las diferentes categor�as del
personal contempladas en el cuadro de clasificaci�n. El Comit� del
Personal ser� elegido conforme al Reglamento de la Asociaci�n adoptado
por �sta y aprobado por el Secretario General.
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