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La Asociaci�n del Personal es el cuerpo que representa los intereses de todos los funcionarios de la OEA. Apoya, promueve y defiende la compensaci�n (salarios) y beneficios, desarrollo profesional, condiciones laborales y en general el bienestar de los funcionarios y de sus familias.

 Asociaci�n del Personal y Comit� del Personal

(a) De acuerdo con lo estipulado en el art�culo 53 de las Normas Generales, y a fin de mantener contacto constante entre el personal y el Secretario General, habr� una Asociaci�n del Personal integrada por los funcionarios de la Secretar�a General. El �rgano ejecutivo de la Asociaci�n ser� el Comit� del Personal, el cual podr� hacer propuestas y discutirlas con el Secretario General o con el representante que �ste designe sobre todos los asuntos que sean de inter�s com�n a los funcionarios o que afecten su bienestar presente o futuro, inclusive sus condiciones de trabajo.

(b) En la composici�n del Comit� del Personal deber�n tener representaci�n equitativa las diferentes categor�as del personal contempladas en el cuadro de clasificaci�n. El Comit� del Personal ser� elegido conforme al Reglamento de la Asociaci�n adoptado por �sta y aprobado por el Secretario General.